Situación Laboral y Fiscal en relación al Coronavirus COVID-19
Apreciado cliente,
Nos ponemos en contacto contigo dentro de nuestro compromiso de permanente atención al cliente, para informarte sobre la situación a nivel laboral y fiscal que se ha creado en relación a los recientes acontecimientos que estamos sufriendo por causa del Coronavirus.
Como bien sabes, en fecha 14/03/2020 se ha aprobado por parte del Gobierno el estado de alarma, y conjuntamente se han decretado una serie de medidas que pasamos a detallarte (adjunto Real Decreto).
1) Se ha ordenado la paralización de la actividad comercial minorista (venta al consumidor final) excepto los establecimientos que se recogen en el artículo 10.1 del Real Decreto que te adjuntamos.
2) Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, si bien podrán prestarse servicios exclusivamente de entrega a domicilio (Artículo 10.4.)
3) Además, de estos dos apartados anteriores, en el anexo del Real Decreto que te adjuntamos se relacionan el resto de actividades cuya apertura al público queda suspendida.
4) Todos los centros de trabajo relacionados en la norma adjunta deberán permanecer cerrados al público salvo las excepciones que se mencionan, por contra los centros que no están relacionados en esta lista podrán abrir sus puertas al público con normalidad y los trabajadores deberán presentarse para el cumplimiento de sus obligaciones.
5) Cierre de las peluquerías a las restricciones que introduce el estado de alarma, pero permitirá que este servicio se pueda prestar a las personas mayores en sus domicilios por higiene.
En relación a los centros que deban permanecer cerrados al público, se debe tener en cuenta lo siguiente: los trabajadores podrán acudir al centro de trabajo para realizar trabajos a puerta cerrada (inventario, mantenimiento, reformas, fabricación, etc.), en ningún caso se podrá abrir al público.
6) Los trabajadores y empresas que sean declarados oficialmente en situación de aislamiento por contacto directo con el virus (contagio o sospecha del mismo) podrán tramitar una prestación asimilada a accidente de trabajo que consistirá en una prestación por incapacidad temporal del 75% de la base reguladora del trabajador.
7) En relación a la gestión de plantillas, tanto de centros de trabajo autorizados a abrir como para aquellos que deban permanecer cerrados, a día de hoy todavía NO se han publicado medidas concretas y se espera que a lo largo de la semana se articulen fórmulas concretas para poder gestionar la situación a través de medidas excepcionales como expedientes temporales de reducción de jornada o bien de suspensión del contrato. Es importante hacer hincapié en el hecho de que se está a la espera de que se publiquen por parte tanto del gobierno autonómico como estatal medidas concretas, por lo que hasta que esto se produzca, la plantilla deberá ser gestionada con las fórmulas que ya se conocen y que pueden ser entre otras, vacaciones, permisos retribuidos o no retribuidos, distribución irregular de jornada, entre otras.
8) Se establece de forma extraordinaria un nuevo tipo de aplazamiento que consiste en un sólo pago (es un aplazamiento y no un fraccionamiento) que se hará efectivo el día 20 de octubre 2020.
Este aplazamiento extraordinario de 6 meses se podrá solicitar de cualquier modelo fiscal, incluidos aquellos modelos de pago a cuenta sobre IRPF de alquileres, nóminas, profesionales y también sobre los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades (modelos 115, 111 y 202, respectivamente). No se aplicarán intereses los primeros 3 meses de aplazamiento. La única limitación a la concesión de este aplazamiento es que la cuantía solicitada del aplazamiento en su conjunto no supere los 30.000 euros.
Por supuesto, en estos momentos de incertidumbre estamos permanentemente a tu lado para que tengas el mejor asesoramiento y puedas actuar con la mayor seguridad jurídica, es importante recalcar que se está a la espera de que se tomen medidas urgentes por parte de la administración autonómica y estatal que permitan de alguna manera sobrellevar al empresariado en general esta situación tan complicada.
Saludos cordiales.