Sistemas de ventilación y medidores de CO2
SUBVENCION PARA LA COMPRA DE SISTEMAS DE VENTILACION Y MEDIDORES DE CO2
Hoy 17 de diciembre de 2020 se ha publicado en el BOIB la línea de subvenciones que facilita el Govern Balear para la adquisición o instalación de sistemas de ventilación y medidores de CO2 obligatorios según la normativa Balear de restauración.
Esta gestión no se realiza desde PYR Asesores, por lo que el presente documento es meramente informativo por si deseas realizar personalmente el trámite. Al final del documento tienes el enlace para poder acceder al texto completo de la norma.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas privadas, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, incluso las entidades sin personalidad jurídica.
Estos beneficiarios deben ser titulares de pequeñas empresas del sector de la restauración con sede social en las Islas Baleares y han de tener contratados un máximo de 20 trabajadores de media anual por cada centro de trabajo.
Deben realizar su actividad bajo alguno de los siguientes epígrafes:
-E671 Servicios en restaurantes
-E672 Servicios en cafeterías
-E673 Servicios en cafés y bares con y sin comida
REQUISITOS PARA OBTENER LAS SUBVENCIONES PARA LA COMPRA DE SISTEMAS DE VENTILACION Y MEDIDORES DE CO2
a) Tener los centros de trabajo en Baleares
b) Tener domicilio fiscal en Baleares
c) No tener prohibido el acceso a subvenciones
d) Estar al corriente de pago en Hacienda, Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
e) Constar de alta en el censo sobre el impuesto de actividades económicas de la Agencia Tributaria.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
– La inversión en compra o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire destinados a obtener un caudal de ventilación de 12,5l/s y persona y medidores de CO2, con una inversión mínima de 450€ por centro de trabajo.
-El periodo subvencionable será para inversiones realizadas desde el 30/07/2020 hasta el 01/09/2021.
-Los sistemas instalados han de permitir cumplir con las medidas específicas para la prestación de servicios en establecimientos de restauración según la Ley 8/2012 de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Se podrán presentar solicitudes desde el 21/12/2020 hasta el 31/12/2021 o hasta que se hayan alcanzado las 6250 solicitudes. Se realizará siguiendo dos trámites:
Trámite 1: Solicitud de cita previa para presentar la solicitud desde https://reservatorn.caib.es no es preciso certificado electrónico. Se asignará un día y franja horaria para la presentación telemática.
Trámite 2: Presentación de la solicitud (requiere certificado electrónico) en el procedimiento «ajuts per sistemes de ventilació i purificació d’aire a bars i restaurants» de la sele electrónica de la CAIB. Se realizará telemáticamente en la fecha y horas asignadas en el trámite 1 y la fecha que constará será la de la solicitud de cita previa.
Cualquier solicitud presentada por otro sistema será inadmitida
Se podrán incluir 4 centros de trabajo por entidad como máximo en una misma solicitud.
DOCUMENTACIÓN
– Solicitud telemática que incluirá declaración responsable sobre la adecuación a los requisitos de la presente subvención.
– Declaración responsable de veracidad de datos bancarios aportados, según modelo normalizado que se pueden encontrar en la Dirección General de Promoción Económica, Emprendedora y Economía Social del Govern de les Illes Balears.
CANTIDAD DE LA SUBVENCIÓN
El importe de la subvención será el 100% de la inversión realizada con un máximo de 800€ por centro de trabajo.
La inversión será de un mínimo de 450€ por centro de trabajo. En el caso de que en el momento de la solicitud no se haya realizado la inversión, el importe de la ayuda será la cantidad solicitada siempre que se prevea una inversión de un mínimo de 450€.
Enlace a la norma https://www.caib.es/eboibfront/ca/2020/11310/642986/resolucio-del-conseller-de-model-economic-turisme-