Se puede descontar en nómina los retrasos al fichar
Desde que el pasado 12 de mayo, se volvió a implantar la obligatoriedad del registro de jornada para los trabajadores a tiempo completo. Tras la implantación, no se han dejado de suscitarse dudas al respecto a la multitud de cuestiones relacionadas con este tema.
Una de las dudas que se planteaba era cual sería la actuación de la inspección de trabajo ante las pequeñas fracciones de tiempo, tanto por exceso de jornada, como por defecto de la misma (fichar tarde y/o realizar una menor jornada laboral de la pactada).
Precisamente ha llegado la Audiencia Nacional a pronunciarse sobre este concreto aspecto. Ésta entiende que es posible descontar el tiempo de trabajo diario realizado de menos en la nómina del trabajador, ya que si bien la jornada puede ser totalizada en cómputo anual, la distribución irregular de la jornada (que sería de facto el caso que nos ocupa) es una potestad empresarial, no del trabajador.
Asesores Laborales
En PYR Asesores encontrarás un completo equipo de asesores laborales en Mallorca que te ayudarán a resolver cualquier inquietud. Contacta con nosotros.