¿Quién paga el IBI, el vendedor o el comprador?
¿Qué es el IBI?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, o como también se le conoce, IBI o Contribución es un:
- Tributo directo.
- De titularidad municipal.
- Obligatorio que grava el valor de los bienes inmuebles.
¿Cuál es su cálculo?
Se calcula en base al Valor Catastral del suelo y las edificaciones de los Bienes Inmuebles. Son sujetos pasivos y contribuyentes las personas físicas y jurídicas que ostenten el derecho. En líneas generales, el contribuyente es el propietario del bien inmueble.
Se devenga el 1 de enero de cada año. Esto quiere decir que el obligado al pago del impuesto es quien sea propietario a esta fecha.
Vendedor o comprador: quién pagará el IBI
Últimamente las sentencias judiciales más actuales dan un giro a este concepto de “obligado al pago” hasta el punto de que se permite la repercusión del IBI en su parte proporcional al año de la venta al comprador del Bien Inmueble, si la escritura de Compraventa no dice nada al respecto.
Esto quiere decir que si un inmueble se vendiera el 1 de julio de 2016 y en la escritura de compraventa no expone claramente quien asume el pago del IBI, el comprador del Bien Inmueble podría tener que asumir el pago de dicho tributo en su parte proporcional de año. En nuestro ejemplo, seria la asunción de la mitad del tributo (6 meses).
Por lo tanto, en PYR Asesores te aconsejamos que a la hora de comprar un Inmueble, debes asegurarte de que en la escritura de Compraventa expone claramente que la parte vendedora asume el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año en curso.
Fuente: www.indicator.es