Preparativos para fin del ejercicio
Ahora que encaramos el último mes del año, siempre es buen momento para los preparativos para fin del ejercicio, hacer balance, planificar, cerrar procedimientos y, en definitiva, preparar la transición de un año para otro, además de afrontar las diversas peculiaridades que en materia laboral nos ofrece el mes de diciembre.
Para ello en este artículo vamos a tratar de forma breve varios temas que pueden ser de interés en este final del ejercicio.
Cestas de navidad
No podemos negar que es un clásico navideño el obsequio que muchas empresas realizan a sus empleados con motivo de estas fechas y, desde un punto de vista tanto laboral como fiscal, merecen un comentario.
Empezando por la parte fiscal, frente a lo que pueda parecer y realmente de forma contraria a la práctica habitual, existe la obligación de tributar estos obsequios como salarios en especie, por tanto también existe la obligación de incluir dichas cestas en la nómina y cotizar por ellas.
Desde el punto de vista laboral, la cesta de navidad, aún siendo una liberalidad de la empresa, su habitual entrega año tras año puede suponer la consolidación del derecho a recibirla y así lo ha entendido el Tribunal Supremo en sentencia del año 2016.
Comunicación vacaciones aún no disfrutadas
La Justicia Europea desde 2016 ha venido entendiendo que el derecho a disfrutar vacaciones no prescribe al finalizar el año, por tanto, un trabajador que tenga acumuladas vacaciones sin disfrutar de años anteriores y que finalice relación laboral con la empresa podría reclamar la compensación económica del total de estas vacaciones devengadas y no disfrutadas de forma acumulada.
Ahora bien, sí se producirá la caducidad de las vacaciones, si la empresa comunica al trabajador antes de la finalización del año los días que tiene pendientes de disfrute y al mismo tiempo le anima a acordar con la empresa el disfrute de los mismos.
Es ahora en este último mes del año un momento ideal para realizar esta comunicación a los trabajadores y evitar futuras reclamaciones sorpresivas por vacaciones acumuladas sin disfrutar.
Calendario laboral y Calendario de vacaciones
Las empresas con la llegada del nuevo año deben poner a disposición de los trabajadores el calendario laboral, que es un documento donde se facilita información de los horarios de la empresa, días festivos nacionales, autonómicos y locales e información general relativa a la jornada establecida en convenio colectivo o por la empresa.
Al mismo tiempo en multitud de convenios colectivos se indica que en los primeros meses del año (enero/febrero) las empresas deberán confeccionar un calendario de vacaciones previstas por los trabajadores, por lo que también puede ser un buen momento ahora para empezar a solicitar esta planificación de vacaciones a los trabajadores y poder dar cumplimiento a esta obligación.
Cenas o comidas de empresa
Otro clásico de este periodo navideño que se acerca son las comidas o cenas de empresa. Son momentos para apartar el trabajo y disfrutar de un trato más cercano y personal con los compañeros de trabajo, lo cual en ocasiones puede no salir como uno espera.
Sigue de plena vigencia el artículo que en su día publicamos sobre los peligros de las cenas de empresa, lo podéis consultar en el siguiente Las cenas de navidad y sus peligros.
En resumen decir que no deja de ser un acto que si lo ha promovido la empresa puede hacer que se extienda a él el régimen disciplinario, por lo que hay que cuidar los excesos de todo tipo en esas reuniones.