¿Qué permisos debes conceder a tus trabajadores para participar en las próximas elecciones generales?
Este domingo 28 de abril se celebran las elecciones generales, por lo que te interesa conocer cómo te afecta en la relación laboral con tus trabajadores:
- Electores. Si tu empresa abre el domingo, los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de hasta 4 horas para poder ir a votar. Si un trabajador tiene un contrato a tiempo parcial, su permiso se reduce de forma proporcional.
- Miembros de mesa e interventores. Si alguno de tus empleados es nombrado presidente o vocal de mesa, o acredita su condición de interventor, tiene derecho a una reducción de jornada de 5 horas durante el día posterior a las elecciones. Si el día de las elecciones es laborable en tu empresa, el empleado tiene derecho a un permiso retribuido durante todo ese día (además de la reducción de jornada de 5 horas durante el día posterior).
- Apoderados. Si algún trabajador acredita su condición de apoderado, tiene derecho a un permiso retribuido el día de las elecciones si se trata de un día laborable en tu empresa pero, en este caso, no tiene derecho a la reducción de jornada el día posterior.