¿Es posible deducir los gastos de restaurantes, hoteles y regalos?
Entre los pensamientos más comunes de los empresarios y autónomos encontramos que es fundamental tener en su poder una factura donde quede reflejada la operación para que ésta pueda deducirse.
Lo cierto es que la anterior afirmación no es correcta, sobre todo si nos encontramos ante facturas de restaurantes, estancias en hoteles, regalos para empleados o clientes, entre otros.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENEN ESTAS FACTURAS?
En primer lugar, el principal foco de atención Hacienda es la vinculación del gasto con la actividad económica de la empresa o del autónomo.
A diario los órganos de Hacienda dictan liquidaciones en la que se rechaza la deducción de gastos y cuotas de IVA soportadas, porque el contribuyente no ha logrado acreditar la correlación del gasto con los ingresos de la actividad”
Además, deberán adjuntar a cada factura el correspondiente justificante del cliente o empleado a que se refiera, desde correos electrónicos, mensajes, o las vías utilizadas en la empresa.
En definitiva, nos encontramos ante una materia muy subjetiva que se analizará meticulosamente por un funcionario de Hacienda y, posteriormente, por los Tribunales.
Fuente: Aticojuridico