Nuevas medidas para la contención del COVID-19 en Baleares
A continuación se resumen las nuevas medidas para la contención del COVID-19 en Baleares. Son de obligado cumplimiento y la duración de las medidas será de 15 días, sin perjuicio de sucesivas prórrogas que se puedan establecer.
Por resolución de 24/10/2020 de la Conselleria de Salut, se han publicado en el BOIB una nueva batería de medidas encaminadas a controlar la pandemia de COVID-19 en las Islas Baleares
- Limitación a 6 del número de personas en los encuentros sociales y familiares, exceptuando los convivientes, para los que no se aplica esta restricción.
- Las celebraciones nupciales y similares se restringirán a 25 personas en espacios interiores y 50 en exteriores. Cualquier otro tipo de celebración privada se limitará a 6 personas.
- Queda prohibido el uso de las barras en todos los establecimientos de restauración.
- El número máximo de personas por mesa será de 6.
- En los establecimientos comerciales se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00. Esto es la venta de alcohol en comercios, no afecta a restauración.
- Las terrazas de bares, cafeterías y restaurantes se limitarán las 75% de aforo manteniendo la distancia de 1,5 metros de seguridad.
- El aforo en los espacios comunes de los centros comerciales se reduce al 50%.
- Es obligatorio que figure el aforo máximo del local a la entrada de los establecimientos comerciales y de restauración.
- Los gimnasios, así como las actividades dirigidas y los vestuarios de estas instalaciones reducirán el aforo al 30%. Las actividades grupales en ningún caso podrán superar las 15 personas.
- Los teatros, auditorios y espacios similares limitarán su aforo al 75% y con asientos preasignados.
- Para otros recintos y locales destinados a eventos públicos o actividades recreativas, se podrá realizar la actividad con los asistentes sentados sin superar el 75% del aforo con un límite de 300 personas en espacios cerrados y de 1000 al aire libre.
- Los mercados ambulantes limitarán al 75% los espacios autorizados cuando estos sean más de 21.
- Los locales de ocio infantil pueden abrir con una limitación del 50% del aforo y respetando el principio de grupo estable o grupo burbuja, de lo que deberán informar a los organizadores del evento.
Estos puntos son los más importes de las nuevas medidas para la contención del COVID-19 en Baleares cuya entrada en vigor se ha producido en fecha 24 de octubre de 2020.
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