Nueva bonificación del contrato de sustitución por nacimiento de menor (Maternidad – Paternidad)
Desde hace muchos años, concretamente desde la aprobación del RDL 11/1998, los contratos que se celebran con personas trabajadoras para sustituir a los padres o madres que acceden a la prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad o paternidad) se encontraban bonificados con un 100% de la cuota empresarial a la seguridad social tanto del trabajador sustituido como del sustituto contratado para cubrirle.
Con efectos del 01/09/2023 se han modificado estas bonificaciones a través del RDL 1/2023 de nuevos incentivos a la contratación laboral. En la nueva redacción, a estas bonificaciones desaparece la posibilidad de bonificar el 100% de las cuotas, pasando a bonificarse una cantidad fija mensual que será de 366€/mes, durante el periodo en que se sustituya a la persona trabajadora perceptora de la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
Este importe será aplicable tanto a las cuotas de seguridad social del sustituido como del sustituto.
Nuevas condiciones para obtener la bonificación
Este cambio, que es importantísimo, no es el único sino que para estas sustituciones y para tener derecho a los 366€ mensuales de bonificación las empresas deberán contratar necesariamente a un trabajador menor de 30 años que se encuentre inscrito como demandante de empleo.
No es necesario decir que con esta norma la situación de maternidad o paternidad ha dejado de estar protegida al 100% como estaba antes, ya que los 366€ mensuales de bonificación tan sólo cubren los gastos de una persona trabajadora que cobre el SMI, situación que en la inmensa mayoría de las relaciones laborales no se da. Por tanto desde el 01/09/2023 las empresas tendrán que asumir un coste extraordinario vinculado a las situaciones de maternidad o paternidad.
Esta decisión que ha pasado claramente inadvertida e impropiamente acordada en un Decreto Ley, que se supone que es una normativa a la que el ejecutivo debe acudir para aprobar temas urgentes, no siendo este en absoluto un tema urgente, sino un tema troncal en las relaciones laborales y que merecería claramente ser aprobado en un texto legal con rango de Ley.
Es muy importante que como empresario tomes en cuenta esta nueva situación para atender a los nuevos costes que te supone el tener trabajadores que cobren la prestación por nacimiento y cuidado del menor ya que el coste empresarial ha dejado de ser cero en estas situaciones.
Si tienes preguntas sobre esta nueva situación, ponte en contacto con nosotros y resolveremos tus dudas.
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