Normas a seguir en la FASE 3 Covid-19
NORMAS A SEGUIR EN LA FASE 3
Del 8 de mayo al 21 de junio (ambos inclusive)
Recopilatorio de normas a seguir en la fase 3.
Medidas de higiene aplicables a todos los trabajadores:
- Todos los trabajadores tendrán permanentemente a su disposición en el centro de trabajo agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida.
- Cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros se facilitarán equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
- Se mantendrán las modificaciones en los centros de trabajo para garantizar la distancia de seguridad de 2 metros.
- Se mantendrán los ajustes en el acceso a lugar de trabajo, escalando los horarios de llegada de los trabajadores para evitar aglomeraciones.
- La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y consumidor será de un metro cuando se cuente con barreras de protección y de dos metros sin ellas.
Medidas de higiene aplicables a los centros de trabajo:
- Se prestará especial atención a las zonas de uso común, pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos y cualquier elemento habitual de uso común.
- Si el puesto de trabajo es compartido por más de un trabajador, se realizará limpieza y desinfección después de cada turno o uso.
- Los uniformes se limpiarán y desinfectarán tras cada uso.
- Se ventilarán diariamente los espacios de trabajo.
- Se limitará en lo imprescindible el uso de ascensores o montacargas, priorizando el uso de escaleras.
- Los baños, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares sólo serán ocupados por una persona en espacios de hasta 4 m2, salvo personas que requieran asistencia. Para baños con más de 4m2 la ocupación será del 50% de las cabinas o urinarios disponibles.
- El uso de baños familiares y salas de lactancia se restringirán a una sola familia. Serán controlados su uso, acceso y limpieza por personal del centro.
- Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no impliquen contacto físico, evitando en la medida de lo posible el uso de efectivo.
- Se limpiará y desinfectará el datáfono en cada uso si quien lo opera no es el mismo empleado.
- Se dispondrán papeleras para material de un solo uso, que serán limpiadas al menos una vez al día.
Condiciones para el desarrollo de la actividad en comercios minoristas y de prestación de servicios. Con independencia de su superficie útil los comercios y prestadores de servicios cumplirán los siguientes requisitos:
- Reducción al 50% el aforo total del establecimiento. Garantizando la distancia de 2 metros entre clientes. Cuando no sea posible garantizar esta distancia, sólo se permitirá un cliente en el centro.
- Establecimiento de horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
- La recogida de productos adquiridos por teléfono o internet se hará de forma escalonada evitando aglomeraciones.
- Los centros comerciales mantendrán un 50% del aforo en los establecimientos y locales situados en ellos, respetando las medidas de higiene anteriormente citadas.
Medidas de higiene exigibles a los centros con apertura al público:
- Se realizarán al menos dos limpiezas y desinfección al día en las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes, como pueden ser: Pomos, mostradores, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, carros, cestos etc… Una de estas limpiezas y desinfección se realizará al finalizar el día o antes del inicio de la actividad.
- Se revisará cada hora el funcionamiento y limpieza de los sanitarios.
- En el caso de venta automática, máquinas expendedoras y lavanderías de autoservicio o similares, se asegurará el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección de máquinas e instalaciones, informando al usuario con cartelería.
- El tiempo de permanencia en los establecimientos será el mínimo imprescindible.
- Se señalará de forma clara la distancia de seguridad interpersonal con marcas en el suelo o con balizas, cartelería y señalización.
- Se tendrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes a la entrada del local.
- Las zonas de autoservicio serán atendidas por un trabajador evitando la manipulación directa por sucesivos clientes.
- No se pueden colocar productos de prueba sin la supervisión pertinente de un trabajador que los desinfecte inmediatamente tras cada uso.
- Los probadores sólo se pueden usar por una persona y deberán ser limpiados y desinfectados tras cada uso.
- Las piezas de ropa probadas y no compradas deben ser higienizadas antes de facilitarlas a otros clientes.
Medidas en materia de aforo para establecimientos comerciales abiertos al público:
- Se expondrá al público el aforo máximo del local.
- Se establecerán sistemas que permitan el recuento de clientes en el interior. El aforo máximo incluye a los trabajadores.
- Se modificará la circulación de personas y distribución de espacios para garantizar la distancia interpersonal. Cuando existan dos puertas preferiblemente se asignará a una el uso de entrada y a otra el de salida.
Condiciones para la prestación del servicio en establecimientos de hostelería y restauración:
- Podrán abrir para consumo en el interior del local siempre que no se supere el 75% de su aforo.
- No se permite la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno.
- El consumo dentro del local se puede realizar sentados en mesa o agrupaciones de mesas, asegurando la distancia de 2 metros entre mesas o agrupaciones y asimismo respetando la distancia de seguridad interpersonal de los ocupantes de las mesas.
- Se permite el consumo en barra, con una separación entre clientes de 2 metros, o en su caso grupos de clientes.
- Las terrazas limitarán su aforo al 75%.
- No se permite el autoservicio por parte de los clientes.
Medidas de higiene y prevención en la prestación del servicio:
- Se limpiará y desinfectarán mesas, sillas, barra y cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
- Se limpiará y desinfectará el local al menos una vez al día.
- Se priorizará el uso de materiales de un solo uso, si no es posible serán limpiados mediante limpieza mecánica entre 60 y 90 grados.
- Se facilitará al público el uso de geles hidroalcohólicos a la entrada del local y a la salida de los baños.
- Se evitará el uso de cartas de uso común.
- Los elementos comunes de servicio (vajilla, cristalería, cubiertos etc…) se almacenarán en recintos cerrados o alejados de la zona de paso de clientes y trabajadores.
- Se eliminarán los elementos de autoservicio como vinagreras, aceiteras, palilleros etc… priorizando monodosis o servicio en otros formatos a petición del cliente.
- Se establecerá un itinerario en el local para evitar la aglomeración de clientes.
- El uso de baños será individualizado, en los baños con más de 4 m2 se restringirá al 50% el uso de diferentes cabinas o urinarios.
- El personal que preste servicio en mesa garantizará la distancia de seguridad con el cliente.
- Se permite el servicio en barra, así como el servicio en mesa en el interior de locales de hostelería y restauración.