Normas a seguir en la FASE 1 Covid-19
NORMAS A SEGUIR EN LA FASE 1
Del 11 al 25 de mayo (ambos inclusive)
Recopilatorio de normas a seguir en la fase 1 recogidas en la orden SND 399/2020
Apertura al público de comercios y servicios:
- Podrán abrir aquellos establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que tengan una superficie inferior a 400 m2.
- Se elimina el sistema de cita previa.
- Se reducirá al 30% el aforo total, garantizándose una distancia mínima de 2 metros entre clientes. Si no se puede asegurar esta distancia sólo podrá haber 1 cliente dentro del local.
- Se establecerá un horario de atención preferente para mayores 65 años.
- Podrán abrir al público con cita previa los concesionarios de coches, estaciones de ITV y centros de jardinería y viveros.
- Adicionalmente a la apertura, se podrán recoger en el local los productos adquiridos online, de forma escalonada y sin aglomeraciones.
- Cuando así lo permitan los Ayuntamientos, podrán reabrirse los mercados y mercadillos al aire libre a un 25% de su capacidad.
- Se limpiarán y desinfectarán al menos 2 veces al día. Una de ellas al finalizar la jornada.
- Se limpiarán y desinfectarán los puestos de trabajo en cada cambio de turno.
- Se lavarán y desinfectarán diariamente los uniformes de trabajo. Lavado entre 60 y 90 grados.
- No se utilizarán los aseos por parte de los clientes, salvo que resulte estrictamente necesario.
- Los establecimientos con autoservicio destinarán un trabajador a la atención del servicio para evitar manipulación directa por parte de los clientes del producto.
Medidas de prevención para el personal de comercio y servicios:
- Se asegurará que el personal cuente con EPI y que tengan a disposición geles hidroalcohólicos y/o agua y jabón. El uso de mascarillas es obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad de 2 metros entre trabajador y cliente.
- El fichaje por huella dactilar se sustituirá por otra modalidad o se desinfectará tras cada uso el mecanismo.
- La disposición de los puestos se modificará en la medida necesaria para garantizar 2 metros de distancia entre trabajadores. La distancia entre trabajador y cliente será de un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras o de dos metros sin ellas.
- En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia se seguridad como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se debe utilizar el EPI oportuno que garantice seguridad de trabajador y cliente y manteniendo siempre 2 metros de distancia entre clientes.
Medidas de protección e higiene aplicables a los clientes de comercio y servicios:
- El tiempo de permanencia será el estrictamente necesario.
- Los establecimientos deben señalar de forma clara la distancia de seguridad con marcas en el suelo, balizas, cartelería o señalización. La atención a los clientes no puede realizarse simultáneamente por el mismo trabajador.
- Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos a la entrada del local y deberán estar siempre en condiciones de uso.
- Los locales con zona de autoservicio deberán prestar el servicio por un trabajador, para evitar la manipulación directa del cliente.
- No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba.
- Los probadores se utilizarán por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán. Cuando se pruebe una prenda que posteriormente no se adquiera, se deberá higienizar antes de ser facilitada a otros clientes.
Apertura al público de actividades de hostelería y restauración:
- Podrán abrirse al público las terrazas al aire libre, limitándose al 50% de las mesas permitidas según licencia municipal.
- Se mantendrá una distancia de al menos 2 metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
- La ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
Medidas de prevención para el personal de hostelería y restauración:
- Se dotará a los trabajadores de EPI, compuestos al menos por mascarillas
- Tendrán siempre a disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos y/o jabones para limpieza de manos.
Medidas para los clientes de los establecimientos de hostelería y restauración:
Deberán ponerse a disposición de los clientes:
- A la entrada del establecimiento: Geles hidroalcohólicos, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
- A la salida del establecimiento: Papeleras con tapa de accionamiento no manual con bolsa de basura.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso y se limpiarán sillas y mesas entre un cliente y otro.
- Se evitará el uso de cartas de uso común.
- La vajilla, cristalería, cubertería o mantelería se almacenarán en recintos cerrados o fuera de las zonas de paso de clientes y trabajadores.
- Se eliminarán servilleteros, palilleros, vinagreras y aceiteras priorizando mono dosis desechables u otros formatos bajo petición del cliente.
- Los aseos sólo podrán ser utilizados por una persona simultáneamente.