MEDIDAS ANTIFRAUDE JULIO 2021
Hablamos de las medidas antifraude aprobadas el pasado mes de julio 2021. En la ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal se pretende adaptarse a la Directiva Europea 2016/1164, por la que se establecen normas contras las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior.
Y como casi siempre en estos casos, esto es la excusa perfecta que utilizan los Gobiernos de turno para extralimitarse y plantarnos sin darnos cuenta una buena subida de impuestos encubierta.
PRINCIPALES MEDIDAS ANTIFRAUDE
Empezaremos comentando las principales medidas antifraude introducidas por la Ley 11/2021 y que entraron en vigor el pasado 11 de julio de 2021. No estarán todas en esta relación pero sí las que consideramos más importantes para el contribuyente de a pie.
MEDIDAS ANTIFRAUDE MAS IMPORTANTES
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Reducción de los rendimientos del capital inmobiliario (alquileres)
- Como sabemos, por alquilar una vivienda con un contrato de arrendamiento de larga duración, es decir, con un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, el contribuyente dispone de una reducción del 60% de los rendimientos netos positivos calculados en la declaración de la renta.
- Esta reducción puede ser aplicable si se hace la declaración de renta en el plazo voluntario para ello y también si se realiza la autoliquidación fuera de plazo pero antes de que Hacienda hubiera iniciado cualquier tipo de comprobación sobre la Renta de ese periodo.
- La medida antifraude establece claramente que en caso de cualquier tipo de comprobación si se descubren ingresos no incluidos o gastos indebidamente deducidos, no será de aplicación la reducción del 60% en la regularización que se vaya a realizar.
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Pactos sucesorios o herencias en vida
- Es muy común en Baleares hacer una herencia en vida por la que el padre o la madre tienen inmuebles y traspasan la titularidad de los mismos a los hijos mediante una escritura de pacto de definición y renuncia de la legitima. La única tributación en esta operación era el 1% de Impuesto de Sucesiones y Donaciones y una Plusvalía Municipal bonificada.
- La medida antifraude establece, en este caso, un rango de 5 años completos para que el beneficiario que quiera vender los bienes se aproveche del valor de adquisición reflejado en el pacto sucesorio. Dicho en otras palabras, si vendes el inmueble que tu padre te traspasó con una herencia en vida antes de los 5 años completos desde la fecha del pacto deberás imputar en tu IRPF como valor de adquisición y fecha de adquisición la que tuviera tu padre en su escritura de compra o herencia originaria.
- Recordemos que la variación patrimonial en renta tributa por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. Si el valor de adquisición es menor que el que establece el pacto sucesorio por no haber cumplido los 5 años de tenencia del inmueble la tributación puede ser mucho mayor para el hijo que ahora quiere vender el inmueble.
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Criptomedas o criptodivisas
- Obligaciones para los exhanges centralizados de proporcionar información sobre las personas físicas que inviertan de alguna manera en criptomonedas (bitcoin, ethereum, cardano, polkadot, etc). El famoso KYC que te obligan a realizar cuando te das de alta en cualquier exhange de este tipo (binance, coinbase, kucoin, etc).
- Recordemos una operación de compra y venta de criptomoneda debería tributar en IRPF como una variación patrimonial.
- La medida antifraude establece que esta información la deben suministrar personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español.
- A día de hoy, los exhanges más grandes del mundo no tienen sucursales ni establecimientos en España.
- Veremos como evoluciona la cuestión. En cualquier caso, cualquier reconocimiento por KYC es susceptible de ser informado por parte del exhange de turno a la Hacienda española. Por lo tanto, recomendamos prudencia y no arriesgarse y tributar este tipo de operaciones en exhanges centralizados.
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Más criptomonedas
- Se establece la obligación de información sobre criptomonedas situadas en el extranjero en la famosa declaración de la discordia que es el modelo 720.
- Las sanciones por no hacerlo pueden llegar a ser de 5.000 euros por dato, con un mínimo de 10.000 euros.
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ITPAJD o Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
- La gran bomba de toda la ley antifraude. Aquí se oficializa una subida de impuestos brutal. Se establece que el valor de mercado de un inmueble será el valor de referencia de mercado de la Dirección General del Catastro.
- Dicho en otras palabras y para que se entienda bien: si vendes un piso por 150.000 euros no tributaras por ese importe sino por el importe que aparezca en la tabla que han creado en el Catastro. Y a buen seguro el importe por tablas será mucho mayor que el importe por el que vendes. Existe una sospecha unánime que esto provocará una subida de impuestos del doble o incluso triple de lo que se estaba pagando habitualmente. Veremos como evoluciona la cuestión. Creemos que lo se producirá, además del hartazgo social, es un aumento de inseguridad jurídica y un aumento de pleitos considerable.
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Pagos en efectivo
- Se limitan a 1.000 euros por cualquiera de las partes, ya sea empresario o persona física particular. Además se disminuye el pago en efectivo a 10.000 euros en el caso de personas físicas particulares con domicilio fiscal fuera de España.
CONCLUSIONES FINALES LEY ANTIFRAUDE
Una vez más, con la excusa de aumentar la seguridad jurídica y reducir litigios se puede decir que nos imponen una subida de impuestos encubierta. Herencias en vida y valoraciones de inmuebles son las estrellas de esta ley mal llamada «antifraude». Una ley antifraude debería velar precisamente por un aumento de seguridad jurídica y aumentar el castigo a quien de verdad defrauda e incentivar el pago de deudas tributarias. Pero no debería ir más allá de este concepto porque si no ya no estamos hablando de una ley antifraude sino de una ley de subida de impuestos también.
La tabla catastral de valores de referencia respecto a inmuebles va a ser cruel con el contribuyente de perfil medio y perfil bajo. Imagínense un particular acuciado por las deudas que lo que hace es desprenderse de un inmueble suyo. No solamente es lidiar con el aspecto moral de malvender un bien probablemente conseguido a base de mucho esfuerzo. Sino también tener el miedo de que pueda venir Hacienda en cualquier momento a exponer que debía haber tributado la venta por el valor de referencia del Catastro. De momento, la ley antifraude marca el establecimiento de este valor de referencia para ITPAJD. Pero mucho nos tememos que acabará afectando también a las variaciones patrimoniales en renta. Veremos como transcurre la situación.
En PYRASESORES como asesoría fiscal en Mallorca, hablamos de las medidas antifraude aprobadas en julio 2021. Te ayudaremos en todos los trámites, dudas y sobretodo en la mejor optimización fiscal posible para que pagues los menores impuestos eventuales. No dudes en contactar con nosotros ante cualquier cuestión al respecto.