¿Tienen validez las comunicaciones por WhatsApp?
Supuestos en que SI son válidas.
- Baja voluntaria. Si un trabajador te comunica su dimisión y su mensaje revela una terminante, clara e inequívoca voluntad de dimitir. Esta comunicación es válida ya que la dimisión no requiere de requisitos formales. Por tanto, guárdate el mensaje.
- Período de prueba. Como la comunicación de una extinción del contrato por no superar el período de prueba tampoco exige el cumplimiento de requisitos formales, tú también puedes efectuar dicha comunicación por WhatsApp. Aunque siempre es preferible documentar la extinción en un documento firmado por las dos partes, para que no haya dudas de que se ha comunicado el cese.
- Por convenio. Hay convenios que dan por bueno usar WhatsApp para realizar algunas comunicaciones, como puede ser la llamada a los fijos discontinuos.
Supuestos en que NO son válidas.
Para otro tipo de comunicaciones el envío por WhatsApp no es válido. Así pues, no notifiques por esta vía:
- Un despido (ya sea objetivo o disciplinario)
- Un traslado.
- Una modificación sustancial de condiciones.
En estos casos, la ley le obliga a comunicar la decisión, reflejando los hechos o causas que la motivan y la fecha de efectos. Por tanto, en estos casos, entrega una carta con todos los datos correspondientes.