¿Has preparado ya el calendario laboral del 2017?
Tu empresa está obligada a elaborar cada año el calendario laboral y a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (como el tablón de anuncios o la intranet de la empresa).
Esta obligación es anual. Por tanto, para que tus empleados tengan la información a partir del 1 de enero de 2017, elabora el calendario antes de que acabe 2016.
A veces los propios convenios obligan a publicarlo en una determinada fecha, por lo que convendría revisar que es lo que establecen al efecto.
Si tienes representantes de los trabajadores, hay que entregarles un borrador del calendario antes de publicarlo y estos podrán emitir un informe previo a la elaboración definitiva del calendario si no están de acuerdo con su contenido e, incluso, podrían impugnarlo ante los tribunales.
Ahora bien, aunque no se muestren conformes con el mismo, como empresario podrás proceder a su elaboración definitiva ya que la ley no te obliga a alcanzar un acuerdo.
¿Sabes que días festivos afectan a tu centro de trabajo?
En este enlace de la web de la Seguridad Social podrás encontrar los festivos nacionales, autonómico y locales, que deberías conceder a tus trabajadores.
Para más información: http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/CalendarioLaboral/index.htm