AYUDAS PARA EL TEJIDO EMPRESARIAL DE PALMA
El 15 de junio de 2021 se publicó en el BOIB n. º 79 una convocatoria de ayudas directas destinadas al tejido empresarial de Palma.
Os hacemos un resumen informativos de los principales aspectos de esta ayuda:
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas sin personalidad jurídica titulares de una empresa que desarrolle su actividad económica en el municipio de Palma con menos de 20 trabajadores de media anual y con una facturación en 2019 inferior a un millón de euros, siempre que esta facturación haya disminuido durante el 2020 una cantidad superior a un 20%.
Condiciones de los beneficiarios
- Tener domicilio social o fiscal en Palma.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social.
- Constar de alta en el censo de empresarios de la AEAT.
- No haber despedido trabajadores afectados por ERTE.
- Tener menos de 20 trabajadores de media anual computando los diferentes centros de trabajo y con una facturación en 2019 inferior 1 millón de euros, y que la facturación se haya reducido en 2020 en una cantidad superior al 20%.
- Los beneficiarios deberán desarrollar su actividad en algunas de las incluidas en los grupos de IAE que se encuentran detallados en el BOIB
Cantidad de la subvención
Serán 2.000,00€ por centro de trabajo o establecimiento con un máximo de dos establecimientos por solicitante (máximo 4.000,00€).
Solicitud
- Toda la tramitación se ha de hacer obligatoriamente de forma telemática.
- Se realizará en https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0
- También se podrá encontrar información detallada de la convocatoria y realizar la presentación en la web de ajutsmallorca
- Se deberá rellenar la solicitud incluida en el anexo I de la convocatoria de las ayudas.
- Se acompañarán el anexo II y III donde se declarará que la empresa no tiene prohibición de recibir subvenciones y se encuentra al corriente de pago con las diferentes administraciones públicas.
- Documentación adicional:
- DNI, NIE, Pasaporte en caso de personas físicas o CIF en el caso de jurídicas.
- Certificado tributario de situación censal en la AEAT.
- Fotografía de la fachada del establecimiento y del interior.
- Certificado de titularidad bancaria expedido por el Banco, no se admitirá ningún otro documento.
- Plazo presentación solicitudes: Las solicitudes se podrán presentar desde el 16/06/2021 hasta el 07/07/2021 o hasta que se agote el crédito asignado a esta convocatoria.
- Procedimiento de concesión: Las ayudas se concederán por orden de presentación.
Toda la información detallada sobre la convocatoria se puede encontrar además de en los enlaces anteriormente indicados, haciendo clic en este enlace
Al ser una asesoría fiscal y laboral en Palma de Mallorca, contacta con nosotros ante cualquier duda en relación a las ayudas para el tejido empresarial. En PYR Asesores estaremos encantados de poder asesorarte.
PYR Asesores, La asesoría fiscal en Palma que estás buscando
En PYR encontrarás todo el asesoramiento fiscal para tu empresa.
No dudes en contactar con nosotros