Ampliación del plazo para ayudas a la modernización de los comercios.
El 31 de mayo de 2017 se aprobó la Convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas (BOIB nº 74, de 17 Junio)
El plazo para ejecutar y pagar los proyectos por los que se solicitaban estas ayudas finalizaba el día 16 de Octubre de 2017.
Ampliación del plazo hasta el 31 de Octubre de 2017 (BOIB nº 114, de 16 Septiembre)
¿Quiénes son los beneficiarios?.
Los titulares de pequeñas y medianas empresas, que ejerzan alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto de actividades económicas IAE:
- Grupo 641: todos los epígrafes
- Grupo 642: todos los epígrafes
- Grupo 643: todos los epígrafes
- Grupo 644: todos los epígrafes
- Grupo 645: todos los epígrafes
- Grupo 647: todos los epígrafes, excepto el 647.5
- Grupo 651: todos los epígrafes
- Grupo 652: todos los epígrafes, excepto el 652.1
- Grupo 653: todos los epígrafes
- Grupo 654: únicamente los epígrafes 654.2 y 654.6
- Grupo 656: todos los epígrafes
- Grupo 657: todos los epígrafes
- Grupo 659: todos los epígrafes
- Grupo 662: todos los epígrafes
¿Qué actuaciones y proyectos son subvencionables?
- Mejora tecnológica encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial.
- Mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad.
- Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la modernización del establecimiento comercial.
- Obras y reformas que comporten la mejora y modernización del establecimiento.
- Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
La concesión de subvenciones se realizará de acuerdo con unos criterios de valoración fijados en la convocatoria pública
¿Cuál es la cuantía subvencionable?
La subvención será como máximo de 6.000€ por empresa y un mínimo de 2000€. La cuantía de la subvención es el 50% del coste elegible (El IVA se excluye)